0. INTRODUCCIÓN
Rommel & Montgomery, desde su creación, ha manifestado un firme compromiso ético, y entiende que la mejor forma de cumplirlo es el establecimiento de normas y procedimientos internos eficaces que tiendan a:
- Desarrollar su actividad conforme a rigurosas reglas deontológicas y al ordenamiento vigente.
- Implantar normas de actuación y sistemas de control y de comunicación a fin de impedir que su actividad sea utilizada con fines contrarios al ordenamiento jurídico.
- Garantizar que todos sus empleados observen las políticas y procedimientos en materia de prevención de ilícitos.
- Cumplir estrictamente las leyes.
La adhesión a este Código es absolutamente fundamental para garantizar que todos los servicios de Rommel & Montgomery cumple plenamente la legislación. Esta normativa es de obligado cumplimiento para todos los empleados de Rommel & Montgomery, por lo que deben hacerla suya e implicarse activamente en su puesta en práctica y desarrollo.
Nuestro agradecimiento anticipado por respaldar esta Política.
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Este Código vincula a las siguientes personas y entidades:
- A los miembros del Consejo de Administración de Rommel & Montgomery.
- A todos los empleados que desempeñan su trabajo en las empresas Rommel & Montgomery.
- A los miembros del Comité de Dirección y el resto de los componentes de la Alta Dirección de Rommel & Montgomery.
- A todas las entidades y organizaciones ligadas con Rommel & Montgomery por una relación de dominio o cuya gestión, por cualquier otro título, sea responsabilidad de Rommel & Montgomery.
2. VALORES ÉTICOS
Los empleados, tanto en las actuaciones que desarrollen como consecuencia de su vínculo con Rommel & Montgomery, como en aquellas otras en las que pudiera interpretarse que las mismas son atribuibles a Rommel & Montgomery o pudieran afectar a su reputación, han de cumplir con el contenido del Código, el cual se fundamenta en valores éticos entre los que han de ser destacados aquellos que resultan claves en la cultura de Rommel & Montgomery.
- Respeto a la dignidad de la persona y a los derechos que le son inherentes. Rommel & Montgomery está comprometida con la aplicación del contenido de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, y con el de otros convenios y tratados de organismos internacionales tales como la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico y la Organización Internacional del Trabajo.
- Respeto a la igualdad de las personas y a su diversidad, lo que requiere, respecto de todo tipo de relaciones personales y profesionales derivadas de los negocios y actividades, un comportamiento respetuoso y equitativo en el que no tienen cabida actitudes discriminatorias por razón de sexo, origen étnico, credo, religión, edad, discapacidad, afinidad política, orientación sexual, nacionalidad, ciudadanía, estado civil o estatus socioeconómico.
- Estricto Cumplimiento de la Legalidad, que exige asumir sin excepciones la obligación de observar la legislación aplicable a las actividades y operaciones de Rommel & Montgomery y a las actuaciones relacionadas con ellas.
- Objetividad Profesional, que precisa de decisiones y actuaciones adoptadas sin aceptar la influencia de conflictos de interés o de otras circunstancias que pudieran cuestionar la integridad de Rommel & Montgomery o de sus empleados.
Asegurar el cumplimiento de este compromiso de comportamiento ético requiere una Conducta Responsable, que exige:
- Responsabilidad en las acciones, tanto institucional como individual, estrictamente ajustada a los principios y criterios del Código.
- Actitud responsable, que implica a los empleados en la identificación, inmediata comunicación y resolución, en su caso, de actuaciones éticamente cuestionables.
Rommel & Montgomery considera que la generalización a todo tipo de prácticas empresariales de los valores éticos antes citados y de aquellos otros implícitos en el contenido del Código, ha de contribuir, eficazmente, al desarrollo de las sociedades en las que se arraiguen.
3. RELACIÓN CON Y ENTRE EMPLEADOS
La relación de Rommel & Montgomery con sus empleados y la de éstos entre sí se basará en el cumplimiento de los siguientes compromisos:
3.1. Trato respetuoso y prohibición de discriminación
Tratar con dignidad, respeto y justicia a los empleados, teniendo en consideración su diferente sensibilidad cultural.
No discriminar a los empleados por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, orientación sexual, sexo o cualquier otra condición personal o social ajena a sus condiciones de mérito y capacidad.
No permitir ninguna forma de violencia, acoso o abuso en el trabajo.
3.2. Garantía de los derechos laborales
Reconocer los derechos de asociación, sindicación y negociación colectiva.
3.3. Prohibición del trabajo infantil
Rommel & Montgomery no admite el trabajo infantil. Rommel & Montgomery no recurrirá al trabajo infantil ni incorporará a su actividad empresarial ningún producto o servicio procedente del mismo y velarán por el cumplimiento de las disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en relación con el trabajo de menores de edad.
3.4. Igualdad de oportunidades
Todos los empleados disfrutarán de iguales oportunidades para el desarrollo de su carrera profesional. Rommel & Montgomery se compromete a establecer una política efectiva de igualdad de oportunidades para que sus empleados desarrollen su actividad profesional sobre la base del principio de mérito.
Los empleados de Rommel & Montgomery respetará la política de igualdad de oportunidades en su ámbito profesional y apoyarán el aprendizaje personal y profesional de sus compañeros.
3.5. Seguridad y salud en el trabajo
Rommel & Montgomery proveerá a sus empleados de un entorno seguro y estable y se compromete a actualizar de manera permanente las medidas de prevención de riesgos laborales así como a respetar escrupulosamente la normativa aplicable en esta materia en todos los lugares en que desarrolle sus actividades empresariales.
4. RELACIÓN CON TERCEROS Y EL MERCADO
Rommel & Montgomery y sus empleados basarán sus relaciones con clientes, proveedores, competidores y socios así como con sus accionistas, inversores y otros agentes del mercado en los principios de integridad, profesionalidad y transparencia.
4.1. Competencia leal
Rommel & Montgomery proscribe cualquier actuación que suponga el ejercicio de prácticas de competencia desleal y se compromete a velar por el cumplimiento de las leyes de defensa de la competencia aplicables en los países donde realiza sus actividades.
4.2. Probidad en la gestión
Rommel & Montgomery proscribe los sobornos a autoridades y funcionarios públicos y prohíbe a sus empleados dar a terceros o recibir de terceros pagos indebidos de cualquier tipo, ni regalos, dádivas o favores que estén fuera de los usos del mercado o que, por su valor, sus características o sus circunstancias, razonablemente puedan alterar el desarrollo de las relaciones comerciales, administrativas o profesionales en que intervengan sus empresas.
4.3. Calidad
Rommel & Montgomery se compromete con la calidad de sus productos y servicios. Establece como directriz de su actuación empresarial la búsqueda de la calidad en sus productos y en sus servicios y pondrá a disposición de sus empleados los medios necesarios para el desarrollo de los sistemas de gestión de la calidad más adecuados en cada momento. Rommel & Montgomery procurará la mejor satisfacción de las expectativas de sus clientes y desarrollará un esfuerzo de anticipación en el conocimiento de sus necesidades.
Rommel & Montgomery sitúa a los clientes como centro de su actividad, al objeto de establecer relaciones duraderas con ellos basadas en la recíproca aportación de valor y en la mutua confianza.
Rommel & Montgomery aporta valor mediante el asesoramiento profesionalizado y la innovación en la configuración y prestación eficiente de productos y servicios adaptados a las necesidades que, en cada momento, percibe de sus clientes.
Rommel & Montgomery se compromete a la revisión continua de sus procesos organizativos para mejorar la atención y el servicio a sus clientes.
Rommel & Montgomery espera de sus clientes un comportamiento y una gestión de sus actividades económicas ajustados a la legalidad y solicita su colaboración para cumplir eficazmente con el objetivo institucional y compromiso social de prevenir el lavado de dinero y la financiación de actividades terroristas.
4.4. Confidencialidad respecto a la información de terceros
Rommel & Montgomery garantiza el respeto de la confidencialidad y privacidad de los datos de terceros que posea. Rommel & Montgomery se compromete a preservar la confidencialidad de los datos con que cuente referidos a terceros salvo siempre las obligaciones de carácter legal, administrativo o judicial que supongan obligaciones de entregarlos a entidades o personas o de hacerlos públicos. Asimismo, garantizan el derecho de terceros afectados de consultar y promover la modificación o rectificación de los datos cuando ésta sea necesaria. Los empleados de Rommel & Montgomery, en el desempeño de su actividad profesional, guardará la confidencialidad de los datos en los términos antes expuestos y se abstendrán de cualquier utilización inapropiada de esta información.
Rommel & Montgomery considera que uno de los elementos principales en los que se sustenta la confianza de sus clientes lo constituye la apropiada salvaguarda de su información y la efectiva limitación de su uso conforme a lo previsto en las disposiciones legales que, en cada caso, resulten de aplicación.
La información no pública de que Rommel & Montgomery dispone sobre sus clientes y sus operaciones, tiene carácter confidencial. Rommel & Montgomery ha adoptado normas y procedimientos para:
- Garantizar la seguridad de acceso a sus sistemas informáticos y a los archivos físicos en los que se almacena documentación contractual y transaccional de sus clientes.
- Dar cumplimiento a las exigencias legales en materia de protección de datos de carácter personal.
Los empleados, que por razón de su cargo o de su actividad profesional, dispongan o tengan acceso a información de clientes, son responsables de su custodia y apropiado uso.
4.5. Transparencia, creación de valor y gobierno corporativo
Rommel & Montgomery asume como principio directriz de su comportamiento empresarial para con sus accionistas, con inversores, analistas y el mercado en general, transmitir una información veraz, completa y que exprese la imagen fiel de las sociedades, de sus actividades empresariales y de sus estrategias de negocio.
Rommel & Montgomery adquiere el compromiso de facilitar a sus clientes información oportuna, precisa y comprensible sobre sus operaciones, así como sobre las características fundamentales de los productos y servicios que les ofrezcan o suministren.
Este compromiso requiere una especial diligencia en la actuación profesional de todas las personas con responsabilidad en el mantenimiento de los procesos y sistemas de información para la clientela, en la atención personal de sus solicitudes de información y en la resolución de sus reclamaciones.
4.6. Protección del patrimonio empresarial
Rommel & Montgomery y sus empleados buscarán siempre la mejor protección de cuantos bienes y derechos constituyan el patrimonio de las empresas preservando la confidencialidad de la información relativa al mismo que sólo podrá ser utilizada en relación a las actividades de la empresa. Los empleados son responsables de proteger los activos de Rommel & Montgomery que les hayan sido encomendados y preservarlos de cualquier pérdida, daño, robo o uso ilegal o deshonesto.
4.7. Conflictos de intereses
Todo empleado de Rommel & Montgomery deberá evitar situaciones que puedan suponer un conflicto entre sus intereses personales y los de Rommel & Montgomery y abstenerse de representar a la sociedad o intervenir o influir en la toma de decisiones en las cuales, directa o indirectamente, él mismo o un tercero ligado a él por cualquier relación económica, familiar o profesional significativa tuviera un interés personal.
Los empleados que se encuentren en situación de conflicto están obligados a comunicarla a su superior jerárquico. Los conflictos entre intereses personales e intereses empresariales se resolverán siempre en beneficio de los que corresponden a la empresa Rommel & Montgomery.
4.8. Utilización de la información sobre Rommel & Montgomery
Rommel & Montgomery exigen de sus empleados que hagan un uso discreto y profesional de la información de la sociedad a la que tengan acceso en el desempeño de su actividad así como que limiten su utilización a las actividades propias de la empresa y se compromete a establecer sistemas de gestión enfocados al respeto de este principio.
5. RELACIÓN CON LA SOCIEDAD
5.1. Medio ambiente
Rommel & Montgomery asume el compromiso de procurar el mayor respeto al medio ambiente en el desarrollo de sus actividades, así como de minimizar los efectos negativos que, eventualmente, éstas pudieran ocasionar. Rommel & Montgomery se compromete a un estricto cumplimiento de la legislación medioambiental que le sea de aplicación.
5.2. Compromiso social
Rommel & Montgomery se compromete a una actuación socialmente responsable, con cumplimiento de la ley de los países en que actúa y, en particular, asume la responsabilidad de respetar la diversidad cultural y las costumbres y principios vigentes entre las personas y comunidades afectadas por sus actividades.
6. INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO
El presente Código establece los principios y compromisos de ética empresarial que Rommel & Montgomery y sus empleados deben respetar y cumplir en el ejercicio de sus actividades.
Rommel & Montgomery comunicará y difundirá entre todos sus empleados, y aquellos terceros para los que resulte relevante, el contenido de este Código Ético. Los empleados deberán comprometerse formalmente con el cumplimiento del Código en el momento en que causen alta en la organización, en la renovación de sus contratos y en aquellas otras circunstancias en las que Rommel & Montgomery lo estime conveniente. Adicionalmente, Rommel & Montgomery requerirá periódicamente a los empleados que manifiesten formalmente que conocen y cumplen las Pautas de Conducta que establece el Código y llevará a cabo sesiones de formación sobre los diferentes aspectos del Código.
Rommel & Montgomery espera de todos sus empleados un alto nivel de compromiso en el cumplimiento de su Código Ético. Los directivos y empleados podrán ser evaluados en función del cumplimiento de este Código. Su incumplimiento se analizará de acuerdo con los procedimientos internos, la normativa legal y los convenios vigentes, y en su caso se aplicarán las sanciones procedentes.
Cualquier duda que pueda surgir sobre la interpretación o aplicación de este Código Ético deberá consultarse con el superior jerárquico, o en caso necesario con el Responsable de Cumplimiento.
Nadie, independientemente de su nivel o posición, está autorizado para solicitar a un empleado que contravenga lo establecido en el presente Código Ético. Ninguna persona empleada puede justificar una conducta impropia amparándose en una orden superior o en el desconocimiento del presente Código.
Cualquier empleado que tenga conocimiento o sospecha fundada de un incumplimiento del presente Código podrá ponerlo en conocimiento de su superior jerárquico o informar del mismo a través de los mecanismos que la empresa establezca para formulación de sugerencias y denuncias. Rommel & Montgomery tomará las medidas necesarias para evitar consecuencias adversas por efecto de las comunicaciones que los empleados realicen de buena fe según lo aquí dispuesto.
La vulneración o incumplimiento de este Código que constituya una falta de carácter laboral se sancionará con arreglo a la normativa vigente, sin perjuicio de otras responsabilidades en que el infractor hubiera podido concurrir.
7. REPORTES Y CANAL ÉTICO
Todos los directivos y empleados de Rommel & Montgomery pueden consultar cualquier duda sobre la interpretación de las Pautas de Conducta que aparecen en este Código y deberán informar, de buena fe y sin temor a represalias, cualquier incumplimiento de las pautas del Código que observen en su desempeño profesional al Órgano de Control Independiente, a través del correo electrónico: canaletico@rommelymontgomery.com
Las comunicaciones realizadas al Órgano de Control Independiente se tratarán de forma que se garantice que la confidencialidad de la identidad del denunciante y de cualquier tercero mencionado en la denuncia esté protegida, e impida el acceso a ella al personal no autorizado.
La información recibida en el canal ético se tratará de acuerdo con lo establecido en la normativa en materia de Protección de Datos.
Rommel & Montgomery no permitirá represalias en contra de las personas que, de buena fe, hayan elevado una preocupación con respecto a cualquier conducta inmoral o ilegal. En particular, Rommel & Montgomery aplicará los principios establecidos en la normativa europea relativa a la protección del denunciante.
8. VIGENCIA
El Código Ético entra en vigor el día de su publicación y difusión a directivos y empleados y estará vigente en tanto no se apruebe su anulación.
Se revisará y actualizará periódicamente por el Director General, y a propuesta del Órgano de Control Independiente.
Cualquier cambio del Código Ético se comunicará a todas las personas obligadas e interesadas en su cumplimiento.